Debemos destacar algunas aspiraciones fundamentales de sus funcionarios, respecto de la Dirección del Trabajo que queremos en lo que se refiere a su misión, los principios, valores y objetivos que deben orientar su gestión y las condiciones de trabajo que deben proveerse para el cumplimiento de sus funciones.
La Dirección del Trabajo debe privilegiar un sistema de Gestión Participativa, en la que las opiniones y aspiraciones de los trabajadores representados a través de sus organizaciones gremiales, en sus diversos niveles, sean tomadas en cuenta.
La Dirección del Trabajo debe privilegiar la calidad de la función fiscalizadora, por sobre la cantidad, atender más al resultado, ponderar este resultado, esto es el grado de solución alcanzado en el conflicto sometido a conocimiento de la Dirección del Trabajo. Este desafío se denominó con el lema “ Humanizar la función de la Dirección del Trabajo”. Como consecuencia de esto, reformular la ponderación de las comisiones de fiscalización de acuerdo a la realidad territorial y la naturaleza de las empresas fiscalizadas.
Se hace necesario fortalecer el trabajo de las Inspecciones Provinciales y Comunales, como la cara visible del Servicio, otorgándole las facultades que se requieran, dotándolas del personal suficiente y de los medios materiales y técnicos para el cumplimiento de la misión del Servicio en la atención de los usuarios.
El ejercicio de la función fiscalizadora debe tener una orientación formativa mas que sancionatoria respecto de las de las Pymes, empresas individuales y o familiares de menos de 10 trabajadores, ponderándose bajo parámetros apropiados a este tipo de empresa la aplicación de las multas. Las multas desproporcionadas generan en estos tipos de empresas un mayor impacto en su flujos de recursos poniendo, eventualmente, la viabilidad de las empresas.
El acceso al ejercicio de la función pública dentro de nuestra Institución, debe ser el resultado de un proceso de selección mediante concursos realmente transparentes y públicos, sea que se ingrese al Servicio en calidad de titular o a contrata. En este plano, el ejercicio del poder y de la autoridad administrativa no debe prestarse para discriminaciones y privilegios de grupos que se traduzcan en privilegiar a algunos en desmedros de otros, por razones arbitrarias, que en ciertas circunstancias se disfrazan de razones.
Con el propósito de favorecer la vigencia efectiva del principio expuesto en el numeral precedente nuestra Organización Gremial debe tener entre sus objetivos fundamentales el lograr el restablecimiento de la Escuela Técnica del Servicio, tan necesaria para la capacitación, perfeccionamiento y formación de nuevos funcionarios y de los actualmente en Servicio.
Se debe fortalecer la participación de la Dirección del Trabajo en la generación de normas legislativas laborales, previsionales y de higiene y seguridad.
La Dirección del Trabajo debe privilegiar un sistema de Gestión Participativa, en la que las opiniones y aspiraciones de los trabajadores representados a través de sus organizaciones gremiales, en sus diversos niveles, sean tomadas en cuenta.
La Dirección del Trabajo debe privilegiar la calidad de la función fiscalizadora, por sobre la cantidad, atender más al resultado, ponderar este resultado, esto es el grado de solución alcanzado en el conflicto sometido a conocimiento de la Dirección del Trabajo. Este desafío se denominó con el lema “ Humanizar la función de la Dirección del Trabajo”. Como consecuencia de esto, reformular la ponderación de las comisiones de fiscalización de acuerdo a la realidad territorial y la naturaleza de las empresas fiscalizadas.
Se hace necesario fortalecer el trabajo de las Inspecciones Provinciales y Comunales, como la cara visible del Servicio, otorgándole las facultades que se requieran, dotándolas del personal suficiente y de los medios materiales y técnicos para el cumplimiento de la misión del Servicio en la atención de los usuarios.
El ejercicio de la función fiscalizadora debe tener una orientación formativa mas que sancionatoria respecto de las de las Pymes, empresas individuales y o familiares de menos de 10 trabajadores, ponderándose bajo parámetros apropiados a este tipo de empresa la aplicación de las multas. Las multas desproporcionadas generan en estos tipos de empresas un mayor impacto en su flujos de recursos poniendo, eventualmente, la viabilidad de las empresas.
El acceso al ejercicio de la función pública dentro de nuestra Institución, debe ser el resultado de un proceso de selección mediante concursos realmente transparentes y públicos, sea que se ingrese al Servicio en calidad de titular o a contrata. En este plano, el ejercicio del poder y de la autoridad administrativa no debe prestarse para discriminaciones y privilegios de grupos que se traduzcan en privilegiar a algunos en desmedros de otros, por razones arbitrarias, que en ciertas circunstancias se disfrazan de razones.
Con el propósito de favorecer la vigencia efectiva del principio expuesto en el numeral precedente nuestra Organización Gremial debe tener entre sus objetivos fundamentales el lograr el restablecimiento de la Escuela Técnica del Servicio, tan necesaria para la capacitación, perfeccionamiento y formación de nuevos funcionarios y de los actualmente en Servicio.
Se debe fortalecer la participación de la Dirección del Trabajo en la generación de normas legislativas laborales, previsionales y de higiene y seguridad.


